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Tras la publicación del Real Decreto 235/2013 queda impuesto en España el certificado energético que concede a su inmueble la etiqueta de eficiencia energética para su uso destinado, ya que es obligatoria tanto para los edificios de nueva creación como para la venta o alquiler de los mismos.
1º ocupación Es obligatorio justificar que el edificio construido o ampliación del mismo se han ejecutado siguiendo tanto el proyecto técnico como la licencia urbanística concedida. Además, debe cumplir las condiciones técnicas de salubridad, seguridad y ornato públicos para que el edificio pueda destinarse a su uso determinado. 2º ocupación Redactar el certificado técnico de habitabilidad conforme a la normativa es obligatorio para acreditar a la vivienda como apta para su uso y poder dar de alta los servicios de agua, luz y gas.
Establecemos el diagnostico a los edificios que tienen una antigüedad mayor de 50 años; a aquellos que quieran realizar reformas en cuanto a su conservación, accesibilidad y eficiencia energética, quieran acogerse a las ayudas o subvenciones públicas; y al resto de edificios cuando la normativa de la comunidad autónoma o el ayuntamiento lo determine.
Realizamos informes técnicos periciales validos para un proceso judicial o una causa extrajudicial por la cual se necesite una peritación de los daños en el edificio.
Trata de una licencia municipal obligatoria que acredita la adecuación de un local, para establecer su actividad comercial o de servicios, con respecto a la normativa urbanística y la reglamentación técnica vigente. Puesto que si no se realiza esta licencia el local se podría ver precintado o cerrado hasta la obtención de la misma. Según la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, el plazo su obtención, puede ser inmediato para actividades NO sometidas a Calificación Ambiental, o de hasta 3 meses (aprox.) para actividades SI sometidas a dicha calificación.
Una obra de reforma actúa sobre los edificos ya construidos independientemente de que haya demolición o no. Podemos encontrarnos obras de rehabilitación integral o parcial, interviniendo ésta última en cubiertas, fachadas, refuerzos estructurales, etc.
Realizamos informes de valoración de una propiedad conforme a la normativa ECO 805/2003 específica para tal efecto, ya que, tanto la tasación como su gestión, son una tarea necesaria para la correcta adquisición de cualquier tipo de bienes.
A partir de la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal en el año 2003, realizar obras (rampa o ascensor) con la finalidad de suprimir cualquier barrera arquitectónica necesitará la aprobación de la mayoría de los propietarios para que estos elementos puedan ser instalados. Ya sea, por conveniencia o comodidad de no haber ningún propietario minusválido, o en caso de discapacidad se deberá contar con un porcentaje de al menos el 33% de minusvalía del propietario para su instalación sin aprobación mayoritaria.
La demolición de un edificio o construcción en pie se realiza mediante un proceso programado teniendo en cuenta elementos de seguridad y salubridad entre otros. La demolición se realiza por diversos objetivos, tales como construir nuevas edificaciones, liberar espacio, eliminar construcciones antiguas y peligrosas, etc. Este proceso se lleva acabo de la manera menos nociva para el público de alrededor.
Conseguimos que cada diseño sea único y personal centrándonos en las necesidades y gustos del cliente, ambientamos con tendecia y estilo cada espacio para mejorar la calidad de vida de nuestros clientes.
El documento técnico de obra nueva define las características y prestaciones que debe ofrecer la obra para ser ejecutada con la garantías de seguridad y salubridad, funcionalidad, confort y duración exigibles. En el proyecto se redactan las soluciones constructivas y arquitectónicas cumpliendo con los requisitos propios del uso de la edificación así como la adecuación de la misma a los parámetros urbanísticos normativos. La correcta realización del proyecto permite ahorrar costes en la ejecución de la obra, ceñirse a los plazos establecidos y al presupuesto.
La planificación urbana se concreta en los Planes urbanísticos, instrumentos técnicos que comprenden, generalmente, una memoria informativa sobre los antecedentes y justificativa de la actuación propuesta, unas normas de obligado cumplimiento, planos que reflejan las determinaciones, estudios económicos sobre la viabilidad de la actuación y ambientales sobre las afecciones que producirá. La planificación urbana establece decisiones que afectan al derecho de propiedad, por lo que es necesario conocer la estructura de la propiedad y establecer cual puede ser el impacto de las afecciones a la propiedad privada sobre la viabilidad de los planes.